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¿Qué hacer si alguien desaparece?

Mecanismo de búsqueda inmediata para personas desaparecidas en las primeras 24 horas

1. Realizar reporte de desaparición ante el MP, este deberá canalizarlo al área especializada de la Procuraduría y esta notificará el reporte al Centro de Denuncia y Atención Ciudadana de la PGR (CEDAC). Los reportes se pueden recibir en el número gratuito: 800 00 85 400 o por email: cedac@pgr.gob.mx


2. El Sistema Nacional de Información Ministerial (SNIMPD) activará el mecanismo de búsqueda urgente. 



Para niños, niñas y adolescentes, el CEDAC emitirá la Alerta Amber, a través, de la Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas. 


3. Acciones ministeriales urgentes. El MP responsable del expediente, solicitará con calidad de urgente a autoridades y particulares que no destruyan o modifiquen evidencias sustantivas.



El MP emitirá alertas carreteras, financieras y migratorias. Geolocalización de vehículos y dispositivos móviles, consultará a hospitales, Semefos, albergues, estaciones migratorias, centros de reclusión o cualquier centro de detención. 


4. Información y protección a víctimas. El MP se comunicará con los familiares para informarles acerca de: 

- Lo realizado hasta el momento.

- La apertura de una carpeta de investigación.

- Una entrevista personal para la segunda fase.

- Advertirá la situación de riesgo de la víctima y de sus familiares.

5. Cierre de la 1era fase. Si en las primeras 24 horas, no se ha localizado a la persona, se cierra esta fase. 



El CEDAC y el MP deben dejar registrada toda la información generada hasta el momento en el SNIMPD.

Mecanismo de búsqueda inmediata entre 24 y 72 horas

1. Entrevista del MP con los familiares. Puntos a abordar:


- Información recabada.

- Explicación del procedimiento de oficio.

- Derechos que tienen como víctimas directas.


2. Medidas de apoyo a víctimas: Detectar necesidades establecidas en la Ley General de Víctimas como:


- Ayuda inmediata.

- Alojamiento y atención.

- Transporte.

- Asesoría jurídica.

- Asistencia y atención económica y de desarrollo.

- Reparación del daño.


3. Llenado del cuestionario AM (Ante Mortem). Es una herramienta para recabar datos de las personas desaparecidas, a través, de una entrevista con las víctimas indirectas, aplicado por personal capacitado. 


4. Diligencias policiales. 
La Policía Ministerial inspeccionará el último lugar en el que se ubicó a la víctima antes de desaparecer. 


5. Solicitud de información a autoridades señaladas como presuntas responsables.


6. Otras solicitudes de información. El Ministerio Público solicitará a: 


- Empresas telefónicas.

- Al juez.

- A la compañía de correo electrónico.

- A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

- A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

- Al IMSS, ISSSTE, ISSFAM, Seguro Popular.

- A las autoridades del registro vehicular.

- A servicios periciales.

- A los consulados.

- Huella dactilar.

Números telefónicos importantes

Comisión Estatal de Búsqueda

747 143 4097
Actual

Lic. David García Muñoz

Fiscal regional Acapulco

744 469 9290
Actual

Lic. Víctor Parra Téllez

Fiscal especializada en materia de desaparición forzada y búsqueda de personas desaparecidas

4942999 ext. 2303 9408
Actual

Comisión de los Derechos Humanos del estado de Guerrero, Delegación Acapulco

Av. Cuauhtémoc 146, Fracc. Hornos, CP 39350

744 486 1891
Actual

Instituciones públicas de búsqueda

Comisión Nacional de Búsqueda

Reporte Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas

Comisión Estatal de Búsqueda - Estado de Guerrero